Es oficial: Los colectivos deberán tener cámaras de seguridad en todo el territorio bonaerense

 La gobernadora de la provincia de Buenos Aires, María Eugenia Vidal, promulgó la ley 14.897 mediante la cual se establece que los colectivos de pasajeros de jurisdicción provincial y municipal deberán contar con cámaras de seguridad en el interior de cada vehículo, que filmen en tiempo real y almacenen imágenes durante un cierto período.

El objetivo de la norma, publicada hoy en el Boletín Oficial, es “prevenir episodios de violencia a bordo; además deberán “servir para investigaciones judiciales o juzgamientos de causas penales”, y las empresas deberán afrontar los gastos de compra e instalación de los equipos. La ley había sido sancionada en diciembre.

Según distintos relevamientos que se realizaron para conocer los costos de implementación, en comercios de distintas localidades bonaerenses dedicados a este rubro, un equipo con cuatro cámaras, monitor y mecanismo de grabación digital de las imágenes tiene un costo promedio de 5.000 pesos.

En el artículo 3° de la ley se precisó que “la existencia de videocámaras debe informarse mediante un cartel indicativo de manera clara y permanente tanto en el exterior como en el interior de la unidad”. Las concesionarias de la Verificación Técnico Vehicular (VTV), serán las encargadas de verificar y certificar que dichas unidades de transporte público cumplan con lo establecido por esta ley.

La norma establece también que “las imágenes obtenidas tienen carácter absolutamente confidencial y que las mismas solo podrán ser requeridas por la autoridad pública y/o judicial que se encuentre avocada a la investigación o al juzgamiento de causas penales o contravencionales”.

Es importante mencionar que “el incumplimiento de la presente normativa acarrea la inhabilitación para la circulación de las unidades dentro del territorio de la Provincia de Buenos Aires, y será considerada  infracción al régimen legal de transporte en los términos de artículo 58 del Decreto-Ley 16378/57 (Texto según Ley 10456)”.