Nuevo bono para jubilados, monotributistas y trabajadores informales

Los trabajadores informales, de casas particulares y monotributistas recibirán 18.000 pesos en dos cuotas y abarcará a quienes perciben hasta dos Salarios Mínimo Vital y Móvil. En tanto, el bono para jubilados será de 12.000 pesos en 1 cuota, para quienes perciben hasta 2 jubilaciones mínimas. En este caso, se complementa el bono anterior otorgado de 6.000

El presidente Alberto Fernández y el ministro de Economía, Martín Guzmán, anunciaron este lunes una serie de medidas destinadas a mejorar los salarios frente a la inflación. Por un lado, se otorgará un bono especial para los trabajadores no registrados, trabajadores de casas particulares, monotributistas, y otro para jubilados y jubiladascon montos de hasta 18.000 pesos, con un mecanismo similar al Ingreso Familiar de Emergencia (IFE). También informaron que se impulsará el proyecto para gravar la renta extraordinaria en aquellos productos que se vieron beneficiados producto del conflicto bélico entre Rusia y Ucrania.

«Consideramos que en las circunstancias que se están viviendo es necesario, en primer lugar, reforzar la política de ingresos y, en segundo lugar, trabajar de forma colectiva para diseñar mecanismos que logren evitar que el shock de la guerra en Ucrania, que está viviendo el mundo en general y del cual la Argentina no está exenta, tenga consecuencias desigualadoras y regresivas«, sostuvo Guzmán al inicio del anuncio. 

Luego, el ministro detalló cómo se implementará el nuevo bono: en concreto, los trabajadores informales y monotributistas recibirán 18.000 pesos en dos cuotas y abarcará a quienes perciben hasta dos Salarios Mínimo Vital y Móvil – categorías A y B del Monotributo. En tanto, el bono para jubilados será de 12.000 pesos en 1 cuota, para quienes perciben hasta 2 jubilaciones mínimas. En este caso, se complementa el bono anterior otorgado de 6.000.

BONO DE $12.000 PARA JUBILADOS Y $18.000 A MONOTRIBUTISTAS, TRABAJADORAS Y TRABAJADORES SIN INGRESOS FORMALES Y DE CASAS PARTICULARES

Por única vez para quienes perciben:

Hasta 2 haberes jubilatorios mínimos

Hasta 2 salarios mínimos

Y monotributistas categorías A y B

Fuente: pagina12.com.ar