ANMAT: prohibió la comercialización de un limpiador líquido desinfectante y un alcohol

Se trata de “Diamante Limpiador Líquido-antibacterial-desinfectante- Amonio cuaternario 0,1%- solución líquida de amonio cuaternario- listo para usar- Industria Argentina” y de “WS Alcohol etílico graduación 96º. Sanitizante.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la comercialización de un limpiador líquido desinfectante y un alcohol que se comercializaban a través de Internet debido a que ambos no contaban con información completa en el rotulado y ni registro sanitario.

Se trata de “Diamante Limpiador Líquido-antibacterial-desinfectante- Amonio cuaternario 0,1%- solución líquida de amonio cuaternario- listo para usar- Industria Argentina” y de “WS Alcohol etílico graduación 96º. Sanitizante.

Con respecto al limpiador,“Diamante Limpiador Líquido-antibacterial-desinfectante- Amonio cuaternario 0,1%- solución líquida de amonio cuaternario- listo para usar- Industria Argentina” la disposición que lleva el número 4900/2020 y fue publicada hoy en el Boletín Oficial, señaló que se “constató su comercialización a través del portal Mercado Libre” y que “su rotulado carecía de datos que identificaran su elaborador y su registro sanitario ni constaban productos registrados, o en trámite de registro, que respondieran a dichos datos identificatorios”.

En tanto sobre el alcohol  «WS Alcohol etílico graduación 96º», se verificó que “el rotulado refería a su uso como sanitizante de superficies, constatándose que carece de datos que identifiquen al establecimiento elaborador/ fraccionador así como de su pertinente registro sanitario y que verificó que no constaban productos registrados como sanitizantes de superficies ni en trámite de registro”

 https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/231962/202007131 de 3

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOSY TECNOLOGÍA MÉDICADisposición 4900/2020DI-2020-4900-APN-ANMAT#MS – Prohibición de comercialización.

Ciudad de Buenos Aires, 06/07/2020VISTO el Expediente EX-2020-40442162-APN-DVPS#ANMAT del Registro de esta Administración Nacional deMedicamentos, Alimentos y Tecnología Médica y;CONSIDERANDO:Que las actuaciones citadas en el VISTO se iniciaron con motivo de que el Servicio de Domisanitarios dependientede la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud reportó que, a raíz de consultasrecibidas mediante el Servicio ANMAT RESPONDE, se detectaron irregularidades en los siguientes productos: 1)“DIAMANTE Limpiador Líquido-antibacterial-desinfectante- inhibidor de la actividad viral- Amonio cuaternario 0,1%-solución líquida de amonio cuaternario- listo para usar- Industria Argentina.” y 2) “WS Alcohol etílico graduación 96º.Sanitizante. Uso externo para superficies. Industria Argentina. ANMAT: registro en proceso. Expediente municipalaprobado. Establecimiento elaborador aprobado municipalmente. Fecha elab 23/04/20, Vto: 23/04/22, lote Nº 67.EAN 13 provisorio.”Que con referencia al producto señalado en el ítem 1), el mencionado Servicio informó que constató sucomercialización a través del portal Mercado Libre e informó que su rotulado carecía de datos que identificaran suelaborador y su registro sanitario ni constaban productos registrados, o en trámite de registro, que respondieran adichos datos identificatorios.Que en cuanto al producto individualizado en el ítem 2, señaló que el rotulado refería a su uso como sanitizante desuperficies, constatándose que carece de datos que identifiquen al establecimiento elaborador/ fraccionador asícomo de su pertinente registro sanitario y que verificó que no constaban productos registrados como sanitizantes desuperficies ni en trámite de registro ante esta Administración Nacional que respondieran a dichos datosidentificatorios, por lo cual se encuentra falsamente rotulado.Que, no obstante, destacó que no resulta admisible el registro como domisanitario de un producto con dichacomposición cualicuantitativa.Que, finalmente, el mencionado Servicio indicó, en cuanto a los anuncios de los productos en la web, que solicitó alPrograma de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad que gestionara su baja.