Otra pérdida para el trabajador: La cuenta sueldo será pasible de embargo

 


El DNU facilita la posibilidad de embargar las cuentas sueldo


El Gobierno sigue avanzando sobre las condiciones de protección de los trabajadores. Para beneficiar a los acreedores y bancos, la cuenta sueldo pasará a ser pasible de embargo. Hasta ahora sólo estaba alcanzado el salario.

El esquema vigente hasta ahora mantenía como regla la imposibilidad de embargar los fondos de una cuenta sueldo. Lo que si podía embargarse era 20 por ciento del salario (sin depositarse), sobre el monto excedente de los dos salarios mínimos. El salario mínimo es de 9500 pesos, por lo cual una financiera podía acordar con un empleador que retenga antes del giro a la cuenta 20 de cada 100 pesos cobrados por encima de los 19.000 pesos. Con la reforma, el ingreso mínimo inembargable pasará a ser de 28.500 pesos, pero las entidades financieras tendrán la posibilidad de embargar tanto del salario como de la cuenta sueldo todo el excedente.

“Se definió la inembargabilidad del sueldo, estableciendo que no podrán embargarse de las cuentas sueldo el equivalente a tres veces el salario promedio recibido por el trabajador en los últimos seis meses. Así, se aumenta la calidad crediticia de alrededor de nueve millones de titulares de cuentas sueldo y, por lo tanto, se mejoran sus condiciones de acceso al crédito”, dijo el Central, intentando promocionar la medida como una ventaja para los sectores asalariados. El organismo monetario planteó la  iniciativa como un avance importante para generar inclusión financiera. En el sector de abogados laboralistas, sin embargo, criticaron la medida por facilitar la capacidad de cobrarse sus deudas de las entidades financieras y no tener ventajas para los asalariados.

“El salario no era inembargable. Una parte podía ser usada para que los bancos y las financieras se cobren las deudas. Pero lo que si era inembargable era la cuenta sueldo. Con la nueva medida entran a jugar los bancos y todo el sistema financiero de préstamo”, dijo Matías Cremonte, titular de la Asociación de Abogados Laboralistas. Agregó que “ahora se podrá retirar cifras mucho mayores a las del 20 por ciento de un salario desde las cuentas sueldo, en el caso que el asalariado tenga dinero guardado por algún motivo en esa cuenta”. El punto es que se empieza a cobrar sobre el stock de los activos de un trabajador (ahorros en la cuenta) y no sobre su flujo (o sea el salario).

El titular de la entidad que agrupa a los abogados laboralistas planteó además que cambiar la inembargabilidad de las cuentas sueldos es una iniciativa que afecta en forma directa al trabajador pero no fue la única. “Hubo otras medidas raras que tienen un impacto indirecto para el asalariado como los cambios en la forma de invertir del Fondo de Garantía de Sustentabilidad de la Anses”, afirmó.

 

 Fuente: Página12