Más allá de la General Paz: La otra mirada , ley 23737

LEY NACIONAL DEL COQUEO – LEY 23737

 

 

Una de las pocas leyes nacionales aprobadas con sentido de respeto a la Argentina profunda y ancestral, fue la número 23.737, que se debatió, aprobó y promulgó en el año 1989. Se llamó LEY NACIONAL DEL COQUEO. En ese instrumento legal, vigente en Argentina, se declaraba que «la hoja destinada para el coqueo, masticación o su empleo como infusión no debe ser considerada como tenencia o consumo de estupefacientes».

Una de las pocas leyes nacionales aprobadas con sentido de respeto a la Argentina profunda y ancestral, fue la número 23.737, que se debatió, aprobó y promulgó en el año 1989. Se llamó LEY NACIONAL DEL COQUEO. En ese instrumento legal, vigente en Argentina, se declaraba que «la hoja destinada para el coqueo, masticación o su empleo como infusión no debe ser considerada como tenencia o consumo de estupefacientes».

Así, la legislación argentina reconoce una costumbre milenaria del norte del país y en general de toda la extensa región andina de Sudamérica. Al senador Alfredo Luis Benítez y los diputados nacionales Fernando Enrique Paz y David Jorge Casas, jujeños, les correspondió junto a sus pares del NOA un fuerte protagonismo en la sanción de aquella Ley.

Y poco tiempo después, cansado de recibir atropellos por parte de la policía de Buenos Aires, Guillermo Eugenio Snopek, siendo senador mandó a imprimir una tarjeta que se podía llevar en la billetera, con el texto de la Ley para ser presentado ante las autoridades que lo requirieran y así evitar malos ratos.

Pero esa sociedad que rodea al puerto de Buenos Aires, una de cuyas características de origen es vivir, actuar y decidir de espaldas al país real, jamás terminó de entenderlo, y especialmente hoy, cuando el flagelo de la droga de pronto parece haber introducido el terror en quienes durante decenas de años hicieron la vista gorda frente al drama que se veía venir, vuelven a sorprender al detener y encarcelar a seis choferes de ómnibus de larga distancia por haber sido sorprendidos «drogados con cocaína».

Y no hay forma de hacerles entender que los trabajadores del volante, según sus propias declaraciones, llevaban un «acusi», bolo de hojas de coca que los ayuda a perder el sueño y mantener la lucidez.

La prensa nacional hizo eco de lo ocurrido, demonizando el acto de coquear y a quienes lo hacen cotidianamente.
Alguien los denunció, tal vez bien intencionado, porque vio espantado que alguno de ellos metía su dedo en una bolsita con un polvo blanco y la llevaba a la boca. ¿Cómo explicarles a los supinos ignorantes de las tradiciones, que se trata de bicarbonato de sodio, que potencia los efectos del coqueo? ¿Cómo hacerles comprender que desde hace miles de años, en vez del bicarbonato se usaba llicta (y aún se usa), mezcla de cal triturada con cenizas de jume o de queñua, que genera los mismos o mejores efectos que «el bica».
Presurosos, los paladines de la lucha antinarco, se dieron a la tarea de realizar un procedimiento ejemplar, soñando quizás con quedar en la historia. Más presurosa, la prensa «nacional» inició un papelón histórico y universal, mostrando detalles del operativo.

Lamentablemente, algunos comunicadores «serios», fundamentaban su repentino fervor por la cruzada antinarco, diciendo que «si el test dio cocaína», es que los trabajadores del volante estaban drogados. Y así lo difundían muy orondos desde los grafs en las pantalla de la TV. No contentos con ello, comenzaron las entrevistas a especialistas, toxicólogos, médicos, y hasta jueces. Entre ellos, todos realimentaban las opiniones como modernos gladiadores de una campaña para redimir al mundo. Hubo, felizmente, alguna que otra voz informada y respetuosa.

La «Ley del coqueo»
Así se conoció a la Ley Nacional Nº 23.737, que modificaba el código penal y formulaba un completísimo sistema de represión y combate al comercio y uso de estupefacientes. Esa Ley recibida con general beneplácito en gran parte del país, de ser aplicada cabalmente, hubiera servido para controlar la tenencia y tráfico de estupefacientes. Fue promulgada el 10 de octubre de 1989 y publicada en el Boletín Oficial de la Nación el 11 de octubre. En su artículo 15 señala que «la tenencia y el consumo de hojas de coca en su estado natural, destinado a la práctica del coqueo o masticación, o a su empleo como infusión, no será considerada como consumo de estupefacientes»

Opinión  del Gobernador de Jujuy :

LA HOJA DE COCA ES SAGRADA, ES CULTURA Y ES NUESTRA IDENTIDAD

Afirmar que el coqueo es casi drogarse es como afirmar que, el que come uva es un alcohólico. Para que la hoja de coca se convierta en cocaína hace falta un proceso químico (con precursores), al igual que la uva se convierta en vino. ¡Hay que ser muy inculto para afirmar eso del coqueo!

MASTICAR HOJAS DE COCA es una costumbre ancestral de los pueblos indígenas, es una tradición milenaria del Norte argentino y de toda la América Andina. Perdura en nuestros días y hace una práctica en toda la sociedad jujeña. Es una herencia que representa nuestra identidad vinculada con la naturaleza, con la Pachamama. Pero también, esta hierba, es un recurso de espiritualidad sagrada, es una forma de vincularnos con la tierra y con la energía. Asimismo, posee diversas cualidades alimenticias y medicinales.

#JUJUY, la provincia más septentrional de la República Argentina, la más diversa y con raíz indígena, es un territorio con una gran riqueza cultural y, cuando hablamos de nuestras tradiciones y costumbres, así como profesamos un profundo respeto por la Madre Tierra, también tenemos el hábito de coquear. Durante el ritual a la Pachamama, las hojas de coca son una ofrenda que nos acompaña en ese momento tan espiritual. ¿Por qué algunos condicionan nuestra práctica y nuestra cultura ancestral?

ÁMBITO INTERNACIONAL. La Organización de las Naciones Unidas (ONU) acepta el consumo de hoja de coca y manifiesta que no es una droga. En tanto que la Organización Mundial de la Salud (OMS) expresa que el masticado de la hoja de coca no daña la salud.

EN NUESTRO PAÍS, la Ley Nacional Nº 23.737, de competencia penal en materia estupefacientes, en su artículo 15, dice: “La tenencia y el consumo de hojas de coca en su estado natural destinado a la práctica del coqueo o masticación, o a su empleo como infusión, no será considerada como tenencia o consumo de estupefacientes”.

En 2014, defendí en el Senado el consumo de la hoja de coca. Hoy lo sigo y lo seguiré haciendo. ¡Viva el coqueo y la #Pachamama!
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FUENTE: El Tribuno de Jujuy