Fabiana Rocha: Régimen de Promoción de las Artes y Señalización y Control Vial en Instituciones Educativas

rocha otra

Fabiana Rocha Bloque PJ Lealtad :  Régimen de Promoción de las Artes y Señalización y Control Vial en Instituciones Educativas

La   Concejal Fabiana  Rocha del Bloque PJ Lealtad, quien junto  al  secretario  Leonardo  Kosoy vienen  desarrollando  una  tarea  legislativa con  una  profunda  convicción  peronista en  proyectos  que  redunden  en  beneficio de  la sociedad  toda.

Dos  proyectos que  se tratarán este viernes  en  el recinto del HCD  son dos destacadas presentaciones  : El  Régimen de Promoción de las Artes y Señalización y Control Vial en Instituciones Educativas.

La  Concejal  Fabiana  Rocha  presentará  ante  el  Concejo  Deliberante  un  proyecto  de  promoción  y  estímulo al talento  artístico  local .

Proyecto de mecenazgo artístico

“Será un  poco  el mecenazgo, personas  que  promueven  artistas, a personas que tienen capacidades, que tienen talento, financieramente, con apoyo moral y acompañamiento, esas personas  van  a  ensalzar  la figura de  ese  artista” dijo,  Rocha.

“ La idea  nuestra es con la figura del mecenas, crear un régimen  de promoción de las  artes “ agregó.

Proyecto  cuyos  puntos centrales  son:

*Estimular, fomentar, desarrollar y  premiar  las  actividades  artísticas  locales

*Difusión de  esos  artistas  locales  a nivel regional, provincial y  nacional a través  de  un  subsidio  anual.

* El monto   del  subsidio será determinado   e  integrado por  la Secretaría  de Gobierno en  el  presupuesto  anual.

La  Concejal Fabiana  Rocha  hizo hincapié  en  destacar  cómo  va  a ser  esta  propuesta

“ Las  personas  físicas o jurídicas  que  no  sean  deudoras  del fisco  municipal van  a destinar  esos  fondos  o  esos recursos  durante  un  año  ,para  integrar  el  régimen y promoción  de las artes en Chivilcoy “

“  se  computarán como  pago  a cuenta  de  las tasas  municipales  que  le  correspondiera  abonar,  hasta  un  límite del 25 % de  los  montos  exigibles  del  año  fiscal ”

Por  ello “la  Secretaría  de  Hacienda  Municipal  entregará  un  certificado  que  acredite  la  dación, sin  cargo,   con  destino  al  presente  régimen”.

 

Rocha siguió aclarando  los  puntos  “ este  régimen será otorgado por una comisión que  estará integrada  por  un  consejo  de  promoción  de  las  artes   ,quienes    tendrán  a  su  cargo  la  evaluación de esos  proyectos  presentados  y  el  otorgamiento  final  de  ese  beneficio “

La   Concejal Fabiana  Rocha del Bloque PJ Lealtad, quien junto  al  secretario  Leonardo  Kosoy vienen  desarrollando  una  tarea  legislativa con  una  profunda  convicción  peronista en  proyectos  que  redunden  en  beneficio de  la sociedad  toda.

Dos  proyectos que  se tratarán este viernes  en  el recinto del HCD  son dos destacadas presentaciones : El  Régimen de Promoción de las Artes y Señalización y Control Vial en Instituciones Educativas

Integrantes del Consejo  de Promoción  de las  Artes:

*Un presidente designado  por  el  departamento del Ejecutivo Municipal.

*Un  miembro de la Dirección  de Cultura  Municipal.

*Un  miembro designado  por el Honorable Concejo Deliberante , perteneciente  a la Comisión de Educación y Cultura.

*Una  terna designada  por reconocidos artistas  locales  o no, pertenecientes  a  alguna  de  las  disciplinas , danza, teatro, plástica, literatura, etc.

*Todos  los  artistas  interesados  van a completar y presentar un  formulario ,que  se  va  adjuntar,  y  de acuerdo  al  nivel  de  eso  proyectos  y de acuerdo  al nivel y   calidad de  los  mismos  , el apoyo económico  se  puede  dividir  entre dos  o más  participantes.

* Los  proyectos  seleccionados  y beneficiados  por  este  régimen  deben  realizarse  en  el  término  de  un  año, desde  la fecha del cobro del  subsidio.

*l beneficiario deberá presentar  esas  muestras  y  realizaciones  de  sus trabajos  de  forma  gratuita en  -por lo menos- tres  lugares  del  circuito artístico de municipal o  en  localidades  de  campaña del partido.

En cuanto al segundo proyecto de gran importancia  en el que viene trabajando este  bloque es una ordenanza que busca dar solución al conjunto del ámbito educativo, a los vecinos de los establecimientos educativos, a los padres que llevan a sus hijos, a los conductores, proyecto que fue muy bien recibido y puede aplicarse en toda la comunidad.

O R D E N A N Z A
PARA LA SEÑALIZACIÓN Y CONTROL VIAL EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS

VISTO:

La necesidad de asegurar la señalización y control vial en las zonas y proximidades de los establecimientos educativos, sobre todo en los horarios de ingreso y egreso de alumnos y docentes.

Las facultades de control y promoción de la prevención vial previstas en el ordenamiento jurídico municipal y en lo establecido en la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449 y Ley Provincial Nº 13.927.

CONSIDERANDO:

Que es necesario seguir actualizando y manteniendo la señalización y control vial en las zonas y proximidades de instituciones educativas, a los efectos de asegurar la reducción de velocidad del tránsito vehicular en las inmediaciones y frentes de las instituciones, la señalización de los cruces peatonales, la previsión de los espacios reservados para ascenso y descenso de pasajeros, la identificación del sentido de las direcciones de las calles e intersecciones, la disposición de los horarios de ingreso y salida de los menores.

Que el mantenimiento y control de la señalización vial es indispensable para evitar el riesgo que implica el tránsito vehicular, sobre todo en los horarios de ingreso y egreso de los alumnos y docentes.

Que es necesario que los ámbitos municipales de control, como la Guardia Urbana e Inspección de Tránsito , aseguren y velen por la integridad de los alumnos, docentes, transeúntes y conductores, entre sus tareas de prevención.

Que el mantenimiento y control vial, especialmente en las instituciones educativas y en los horarios de mayor tránsito, redundara en mayores garantías de seguridad y protección de los ciudadanos.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHIVILCOY, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ARTICULO 1º: Dirigirse al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de Dirección de Transito, Guardia Urbana y las áreas municipales correspondientes, arbitre y lleve adelante los medios necesarios a efectos de realizar y mantener la señalización y control vial en los Jardines de Infantes, Escuelas, Colegios y demás Instituciones Educativas del Partido de Chivilcoy, las cuales se detallan a continuación:

  1. a)  En las esquinas próximas a las Instituciones Educativas de la Ciudad de Chivilcoy deberá instalar carteles indicadores con la leyenda “DESPACIO ESCUELA – VELOCIDAD MÁXIMA 20 Km.”
  2. b)  Señalización horizontal de las sendas peatonales en las esquinas adyacentes a las Instituciones Educativas.
  3. c)  Señalización vertical de PARE y/o con la leyenda “CEDA EL PASO” en las esquinas de las calles inmediatas a las instituciones educativas en que se encuentre señalizada la senda peatonal.
  4. d)  Deberá delimitar sobre el frente de los establecimientos educativos, el área destinada a ascenso y descenso de los alumnos, mediante señalización horizontal y vertical de “PROHIBIDO ESTACIONAR EN HORARIO ESCOLAR”, en los horarios de ingreso y egreso escolar.
  5. e)  En las inmediatas esquinas de las instituciones educativas se deberá instalar los carteles con los nombres y el sentido de las calles, a fin de evitar confusiones que lleven a los conductores circular en contramano.
  6. f)  En las calles inmediatas de las instituciones educativas deberán instalarse reductores de velocidad tipo “lomo de burro”.

ARTICULO 2º: En los horarios de ingreso y egreso de alumnos y docentes a las Instituciones Educativas, que presenten riesgo por la matricula, personal de Inspección de Transito y la GUARDIA URBANA deberán seguir estando presente a los efectos de controlar y hacer cumplir las medidas de tránsito dispuestas en la presente Ordenanza.-

ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo reglamentará y hará efectiva las disposiciones de la presente Ordenanza en un plazo no mayor a la finalización del ciclo lectivo actualmente en curso.

ARTÍCULO 4º: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza serán imputados a la partida presupuestaria previstas en el presente ejercicio para ser destinadas al mantenimiento y control vial de nuestra localidad, dentro del ámbito de la Educación.

ARTÍCULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos.-