Presentan el proyecto de Ordenanza: “Buzón Anti-Narco”

La JP Chivilcoy conjuntamente con Arcoiris Chivilcoy, elevaron al HCD un proyecto de Ordenanza para combatir el flagelo de droga en Chivilcoy.


En la mañana del martes 29 de septiembre del corriente año, la Juventud Peronista Chivilcoy y el Centro de Día “Arcoiris” Chivilcoy, presentaron en la secretaría del Honorable Concejo Deliberante de nuestra ciudad, un proyecto de ordenanza bajo el nombre “Buzón anti-narco” dicho proyecto fue registrado bajo el N° 653 Letra “H”.


El Secretario de la JP Chivilcoy, Sebastián García y el Presidente de Arcoiris Chivilcoy, Enzo Colin, expresaron que el proyecto trata de combatir el flagelo de droga en todo el Partido de Chivilcoy con un “buzón” el cual los vecinos y vecinas podrán denunciar en forma anónima como se realiza en diferentes ciudades de nuestra Provincia.
La ordenanza elevada para su tratamiento dice lo siguiente:
VISTO
La gran necesidad de combatir el flagelo de la droga en todo el Partido de Chivilcoy, para tratar de dar fin a estos hechos que dañan a jóvenes y adultos y
CONSIDERANDO
Que, es importante que la ciudadanía toda participe en las Políticas Públicas destinadas a prevenir actos y hechos delictivos relacionados con la producción y/o comercialización de estupefacientes en todo el Partido de Chivilcoy.
Que, uno de los problemas que afecta seriamente el buen servicio de Justicia es la sobrecarga del sistema judicial; por tal motivo es importante que otros órganos del Estado y la sociedad aporten pruebas y colaboren en la tarea investigativa.
Que, el objetivo principal de los “Buzones Anti-Narco” es establecer un sistema donde los vecinos y vecinas del Partido de Chivilcoy podrán, en forma anónima, brindar información relacionada con presuntos hechos ilícitos así poder dar batalla al tráfico de droga.
Que, el “Buzón Anti-Narco”, se constituye en una herramienta complementaria a las actividades de las fuerzas policiales y a las acciones de la Justicia, tendiente a brindar información precisa y veraz sobre actos delictivos.

Que, estos Buzones apelan a la oportunidad que pueden llegar a tener los vecinos y vecinas, por la cercanía en el barrio y el conocimiento del territorio, de poseer datos o información sobre el circuito y los lugares puntuales donde presuntamente se lleve a cabo la comercialización de drogas.
Que, Muchas veces no se realizan las denuncias correspondientes por temor a las represalias o ataques de los delincuentes.
Que, en las ciudades de la Provincia de Buenos Aires y Córdoba ya se encuentran funcionando los “Buzones Anti Narco”.
Que, también vemos necesario que se cree un acceso directo en la página web de la Municipalidad de Chivilcoy para poder realizar denuncias contra el tráfico y comercialización de droga.
Por todo lo expuesto, la Juventud Peronista Chivilcoy y el Centro de Día ARCOIRIS de Chivilcoy, elevan para su tratamiento el siguiente

PROYECTO DE ORDENANZA
ARTÍCULO 1: Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal a la instalación de Buzones Anti-Narco en Delegaciones Rurales, dependencias municipales, Centros de Atención Primaria de la Salud y Plazas, en los cuales se podrá depositar por escrito el anoticiamiento de hechos verosímiles que presuman la posible comercialización de drogas ilícitas en sitios del Partido de Chivilcoy.


ARTÍCULO 2: El buzón contará con la correspondiente leyenda que lo identifique: Buzón Anti-Narco, rezando, además: Receptor de denuncias anónimas sobre venta de drogas. Deberá constar de una boca para el ingreso de sobres con denuncias y una única compuerta de extracción de los mismos con su respectiva cerradura. La Secretaría de Seguridad junto al Honorable

Concejo Deliberante labrarán un acta de entrega de las llaves, en la cual constará la aceptación de las mismas por quien fuere designado responsable.
ARTÍCULO 3: La compuerta de cada buzón deberá estar sellada con una franja de seguridad adhesiva donde consten, al menos, las firmas de los responsables de cada llave.
ARTÍCULO 4: las denuncias, de carácter anónimo, podrán ser plasmadas en todo tipo de formato de papel y deberán contener: el nombre del denunciado, la dirección exacta o referencias para llegar al lugar sospechado de comercialización de drogas ilícitas, agregando una breve descripción del hecho presenciado o conocido, y los horarios en que se advierte el presunto accionar delictivo. Luego se debe colocar la denuncia en sobre cerrado y depositarla en alguno de los buzones destinados a tal fin. Podrá utilizarse cualesquiera tipo de sobre, sin necesidad de especificidad alguna.
ARTÍCULO 5: La Secretaría de Seguridad invitará Concejales y miembros del Poder Judicial, a estar presentes al momento de realizar la apertura periódica de los Buzones. Podrán participar de dicho acto, además, vecinos que así lo deseen.
Se procederá a la rotura de la faja de protección y a la apertura del buzón ante la presencia de: Los tenedores de las llaves, labrándose un Acta dónde constará:
Personas presentes.
Número de sobres extraídos.
Constancia de que el Buzón de denuncias quedó vacío.
Hora de cierre del Buzón.
Cerrado el Buzón de denuncias se fajará la compuerta de extracción con firma de los poseedores de las llaves y de los presentes que quieran hacerlo.

ARTÍCULO 6: Una vez abiertos los Buzones, se procederá a analizar el contenido de los sobres, la verosimilitud de los hechos y de corresponder la realización de la denuncia pertinente.
ARTÍCULO 7: Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar todas las acciones necesarias a los fines de que la comunidad esté informada sobre esta herramienta y sobre cómo se deben efectuar las denuncias.
ARTÍCULO 8: Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a establecer e instrumentar las normas reglamentarias que se consideren necesarias, a los fines de la aplicación de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 9: Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal, que a través de la Dirección de Informática se cree un acceso directo desde la página web de la Municipalidad de Chivilcoy para poder realizar denuncias del tráfico de droga en forma virtual y toda aquella denuncia que atente contra la comunidad toda.
ARTÍCULO 10: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dese al registro del Honorable Concejo Deliberante, publíquese en el Boletín Oficial, según el Artículo N° 108, inciso 18, de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y archívese.

Sebastián García Secretario JP Chivilcoy

Enza Colin Presidente ARCOIRIS Chivilcoy