Coronavirus en la Argentina: la Corte bonaerense aceptaría tratar el planteo contra la salida colectiva de presos

LA PLATA.- La Suprema Corte de Justicia bonaerense declararía admisible, y en el corto plazo, el recurso de queja en contra de la salida masiva de presos presentado hoy por el fiscal de Casación Carlos Altuve.

El recurso apunta contra la legitimidad del hábeas corpus colectivo emitido por la Cámara de Casación bonaerense que, en el marco de las medidas de prevención frente al coronavirus, permitió dejar la cárcel, en forma grupal, a cientos de detenidos que estaban alojados en penales de la provincia de Buenos Aires.

» El fallo de Casación ha generado una situación de gravedad institucional. Entiendo que vulneró las garantías del juez natural. Es cada juez que tiene a disposición a su detenido que debe resolver acerca de la posibilidad o no de que el detenido acceda al beneficio de la morigeración de la prisión preventiva», dijo el fiscal de Casación.

«Consideré además que no estaba hecha una diferenciación entre delitos leves y graves. Entró a jugar demasiado una subjetividad del operador judicial que tiene que resolver la cuestión. Eso iba a llevar a que obtenga el beneficio algunos que no le correspondiera», agregó.

Por otro lado, el fiscal pidió «que se cumpla con la ley de víctimas, que dice que previo al dictado de una resolución hay que convocar a la víctima», para señalar: «No entiendo de que sirve avisarle a la víctima una vez que el agresor está gozando de libertad morigerada».

Cómo sigue el caso

El primer paso para la definición es la admisibilidad del recurso contra lo decidido por el tribunal de Casación. Es decir, que la Corte resuelva si toma o no el caso. En caso de ser declarado admisible, en un segundo paso la Corte podría dejar sin efecto el fallo de Cámara, pero eso requiere un trámite previo, del que deben participar distintos actores judiciales. Solo después se podrá disponer que los presos que obtuvieron el arresto domiciliario vuelvan a prisión.

La Corte no tiene plazos. Se expedirá sobre la admisibilidad previo dictamen de la secretaría penal a cargo de Daniel Martínez Astorino, informaron en la Justicia. Según fuentes que conocen el tribunal, ese paso podría ser favorable al fiscal Altuve y todo indica que el recurso será declarado admisible.

Luego, la Corte puede pedir el expediente completo del hábeas corpus al Tribunal de Casación. Y deberá darle traslado al procurador general, Julio Conte Grand, y al representante de la Defensa Pública, Mario Coriolano.

El rol del Procurador bonaerense

El Procurador -que es el titular del Ministerio Público- firmó una instrucción general el 16 de marzo, dirigida a defensores y fiscales de la provincia, para que analizaran de inmediato la posibilidad de requerir la «detención domiciliaria» u otros medios de «morigeración de la prisión preventiva» para los detenidos que integran la «población en mayor riesgo» ante el avance del Covid-19.

Conte Grand instruyó a los defensores oficiales para que «procedan a la inmediata evaluación de la pertinencia [de esos pedidos] de acuerdo a las particularidades fácticas y normativas de cada supuesto».

En la misma resolución, el Procurador instruyó a los fiscales para «ante la oportunidad de expedirse sobre requerimientos de medidas de prisión con detención domiciliaria, así como la morigeración de la prisión preventiva o sus alternativas respecto de las personas privadas de su libertad, evalúen prioritariamente, de conformidad con criterios epidemiológicos vigentes y las razones de salud públicas involucradas, los casos de quienes requieren una protección individualizada por considerarse población de mayor riesgo ante el Covid-19, de acuerdo a las particularidades fácticas y normativas de cada supuesto».

Detalló que dentro de la población de mayor riesgo debía incluirse a los mayores de 65 años, las embarazadas o mujeres en etapa de lactancia, las personas con depresión inmunológica, los diabéticos, las personas con insuficiencia renal, hipertensas o con patologías cardiovasculares, trasplantados, pacientes oncológicos, o con antecedentes de patologías respiratorias crónicas. O cualquier persona que se considere de mayor riesgo por alguna patología debidamente acreditada.

Ahora, si la queja de Altuve es admitida, Conte Grand deberá pronunciarse antes de que la Corte resuelva. El titular del Ministerio Público aseguró esta mañana, en una entrevista con radio Mitre: «Si el fallo queda sin efecto la gente que fue liberada tiene que volver [a prisión]».

Freno parcial a la salid de presos

Desde hoy ya no es tan sencillo para la Justicia disponer la salida de la cárcel de presos en situación de riesgo: los fallos deben tener al menos la firma de dos jueces en todos los tribunales colegiados, según una decisión de la Suprema Corte de Justicia bonaerense que puso fin a un sistema excepcional que funciona desde el inicio de la pandemia y que habilitaba al presidente del tribunal para los firmar fallos en soledad.

La decisión que cambia el escenario fue tomada por la Corte bonaerense, bajo la presidencia de Daniel Soria, a través de la resolución 480/20. Dejó sin efecto la decisión anterior, del 20 de marzo, dispuesta bajo la presidencia de Eduardo de Lázzari.

La resolución 480/20, firmada lunes 27 de abril, dispuso como plazo el primer día hábil de mayo para que vuelva a imperar el «régimen ordinario de la toma de decisión plural o por mayoría de tribunales colegiados».

La resolución anterior, firmada por De Lázzari, había dispuesto que las resoluciones urgentes de las Cámaras de Casación Penal podrían ser adoptadas de manera unipersonal por el presidente o quien lo reemplace, entre otra serie de medidas ligadas a la emergencia en el inicio de la pandemia.