Nueva clausura de Ozono y van…


En la fecha, siendo las 03:35 , Personal de la Policía Comunal, en forma conjunta con DDI y el Área  de nocturnidad, dependiente de la Municipalidad de Chivilcoy,  en el contexto de los operativos relacionados a controles de locales de expansión nocturna, se procedió a la CLAUSURA preventiva por 15 días del Boliche Bailable OZONO, ubicado en la Avenida José León Suárez número 1103 de nuestra ciudad.


La medida  fue  tomada en virtud  de que en la inspección se constató la concurrencia simultánea entre menores y mayores de edad, como así la ingesta de bebidas alcohólicas por parte de menores de 18 años.-
Dicha  clausura se concretó por infracción al Artículo 1ro de la ley 11.748 y Artículos 8 y 9 de la ley 14.050, con intervención del Dr. Eduardo J.M. Banchero, titular del Juzgado de Paz Letrado de Chivilcoy.-
Cabe recordar que éste lugar posee innumerables clausuras por las leyes de mención Ut Supra, teniendo como ultimas clausuras en los meses de Febrero y Diciembre del año próximo pasado.-
   *  Artículo 1ero le 11.748: Prohíbase en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires, la venta, expendio, o suministro a cualquier título a menores de dieciocho (18) años de edad, de bebidas alcohólicas de cualquier tipo y graduación, en cualquier hora del día, aún cuando lo vendido, expendido o suministrado estuviere destinado a ser consumido o ingerido fuera del local.) Artículos 8 y 9 de la ley 14.050 (Artículo 8 los menores de entre catorce (14) a diecisiete (17) años sólo podrán permanecer en los establecimientos y locales comprendidos en el artículo 1° hasta las veintitrés (23,00) horas como horario máximo.
La apertura de puertas para el inicio de actividades se realizará a partir de las diecisiete y treinta (17,30) horas al solo efecto que los padres, tutores o responsables legales de los menores tengan la posibilidad de realizar la revisión de las instalaciones. A partir de las dieciocho (18,00) horas se dará inicio a la actividad bailable. En tales establecimientos no se realizará venta, expendio y/o suministro a cualquier título de bebidas alcohólicas-Articulo 9º: No se admitirá la concurrencia en los locales e instalaciones bailables de menores de catorce (14) a diecisiete (17) años en forma simultánea con mayores de dieciocho (18) años de edad.)