Y recuerden: el sobrepaso debe hacerse por la izquierda y nunca se puede llevar a cabo si se está aproximando a una encrucijada, curva (como en la foto), puente, cima de la vía o lugar peligroso.
Sobrepasos en la ruta: ¿qué hacer si el camión de adelante nos pone la luz de giro izquierda?
Qué dice la Ley de Tránsito 24.449 en el Artículo 42 sobre los sobrepasos en las rutas. Información importante para todos aquellos que estén yéndose de vacaciones con el auto.
La Ley de Tránsito 24.449 dice en el inciso f) del Artículo 42 que «para indicar a los vehículos posteriores la inconveniencia de adelantarse, se pondrá la luz de giro izquierda, ante la cual los mismos se abstendrán del sobrepaso».
Esto quiere decir que, si venimos en una ruta de un solo carril por lado y el camión que viene delante nuestro obstruyéndonos la visión activa la luz de giro izquierda, no deberíamos efectuar la maniobra de sobrepaso.
Es por eso que, más allá de lo escrito en la Ley, desde TN Autos recomendamos siempre tomar precauciones a la hora de efectuar un sobrepaso y no dejarse llevar por lo que el camión (o cualquier vehículo) de adelante nos recomienda. Para hacer un adelantamiento se debe estar 100 por ciento seguro de que hay espacio y tiempo para hacerlo, sin importar la luz de giro que encienda el que nos precede.
Y recuerden: el sobrepaso debe hacerse por la izquierda y nunca se puede llevar a cabo si se está aproximando a una encrucijada, curva (como en la foto), puente, cima de la vía o lugar peligroso.
TN Autos