Fallo xenofóbico: la Comisión por la Memoria impulsará jury al juez

“La gravedad del fallo pone en riesgo no sólo la integridad física y psíquica de Claudia sino que despliega, mediante su discurso estigmatizante y de criminalización, una violencia judicial contra todo el colectivo trans exenta de una mínima y elemental perspectiva de derechos”

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En el fallo los funcionarios judiciales violan la ley de identidad de género al referir constantemente a Claudia como “varón”, denuncian. Y subrayan que potencian la xenofobia hacia las y los migrantes que viven en Argentina, desconociendo sus derechos y violando leyes y tratados nacionales e internacionales.

La Comisión Provincial por  la Memoria  se sumó a la ola de condenas contra el juez Juan José Ruiz, envuelto en una polémica tras considerar como “agravante” en un caso de presunto narcotráfico, el hecho de que la acusada, una travesti de origen peruano, fuera extranjera.

“Cuando una sentencia vulnera normas constitucionales estamos, en principio, ante un mal desempeño, que es aquello que la propia constitución y la legislación sobre enjuiciamiento de funcionarios y magistrados apunta”, indicó  Margarita Jarque, de la CPM.

En la opinión de Jarque, el fallo de Ruiz no parte de una “interpretación de los hechos, ni de la aplicación del código penal, sino por una opinión sobre las normas constitucionales y las políticas públicas” lo cual lo hace pasible de ser encuadrado como mal desempeño de funcionario público.

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Afirman que un análisis pormenorizado del fallo da cuenta de las “graves faltas en que incurrieron tanto el fiscal como el juez”, quienes, mediante la acusación y la sentencia, “condenaron de manera arbitraria a Claudia bajo formas que atentan contra su integridad generando un nuevo antecedente de estigmatización y criminalización para todas las integrantes del colectivo trans”.

En el fallo los funcionarios judiciales violan la ley de identidad de género al referir constantemente a Claudia como “varón”, denuncian. Y subrayan que potencian la xenofobia hacia las y los migrantes que viven en Argentina, desconociendo sus derechos y violando leyes y tratados nacionales e internacionales.

“Tras evaluar el fallo -con profundo conocimiento de antecedentes de otros casos en La Plata y en otras ciudades de la provincia de Buenos Aires como Mar del Plata, donde el colectivo trans es sistemáticamente víctima de prácticas policiales violentas que luego la justicia convalida- la CPM impulsará un pedido de jury contra el juez Juan José Ruiz, quien estuvo a cargo del proceso y firmó el fallo”, informó la Comisión. E informó que elevará notas de manera urgente a la Suprema Corte de Justicia bonaerense y la Procuradora María del Carmen Falbo reclamando la sanción tanto para el juez como del fiscal.

“Creemos que es un caso emblemático, no sólo por los contenidos y las expresiones aberrantes que contiene, sino también porque es representativo de lo que vemos en otros casos, en temas de violencia institucional, donde muchas veces los jueces se apartan de los principios de Derechos Humanos a los que ha suscripto la República Argentina”, afirmó Jarque.

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El organismo afirma que con su sentencia el magistrado actuó de manera discriminatoria y xenófoba, y cometió desprecio por el principio de igualdad y no discriminación, además de violar la ley de identidad de género. La transexual Claudia Córdoba Guerra fue condenada a 5 años y tres meses de prisión por comercialización de drogas. Tenía poco más de un gramo en su poder. En su fallo el juez consideró agravante su condición de extranjera, según se lee en el texto judicial.

El juez en cuestión es Juan José Ruiz, del Tribunal Oral en lo Criminal Oral Nº 1 de La Plata. Pero la CPM también apunta contra el fiscal Martín Chiorazzi, e informó que enviará notas a la Procuración y la Corte Suprema bonaerense para pedir la sanción de ambos letrados.

Según la Comisión, en la sentencia se advierte con preocupación “un desprecio por el principio de igualdad y no discriminación con que debe obrar la Justicia y que se encuentra garantizado en la propia Constitución nacional y los tratados internacionales de derechos humanos”.

“En este caso, se ha forzado arbitrariamente la tipificación de un delito (en fallos anteriores la Justicia convalidó que hasta 2 gramos de tenencia de cocaína es considerado para consumo personal) sobre el cual montar luego una serie de agravantes discriminatorios y xenófobos para el endurecimiento de la pena, que desconoce las condiciones de vulnerabilidad a que es sistemáticamente expuesto el colectivo trans”, detalló el organismo provincial.

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